-Febrero 19 de 2018-
La semana pasada conocimos una nueva decisión de la Corte Constitucional sobre corridas de toros que, más que un cambio en la jurisprudencia, como ocurrió cuando ordenó la reapertura de la Plaza de la Santamaría en 2013 desconociendo su propia sentencia de 2010, advierte al menos dos errores y un par de ‘hechos notorios’ que anuncian una mala Corte para los animales.
Me refiero a la decisión contenida en el Auto A-031 del 7 de febrero del 2018, mediante el cual se anula la sentencia T-121 de 2017 que avalaba la realización de una consulta popular para preguntarle a los bogotanos si estaban de acuerdo o no con que se realizaran corridas de toros y novilladas en la ciudad.
Esta nulidad estuvo motivada, como es obvio, por una solicitud de los taurinos quienes alegaron que la Corte, al confirmar la decisión del Tribunal Administrativo que avaló la consulta, desconoció el precedente. La Corte admitió este argumento y al hacerlo cometió un primer error.
La sentencia que supuestamente desconoció la Corte, según los taurinos, es la C-889 de 2012. Sin embargo, en este fallo la Corte se refirió solamente a las condiciones para arrendar plazas de toros. Distinguió el poder de policía (en cabeza del Congreso) de la función de policía (en cabeza de las autoridades municipales), sin hacer ninguna mención a la cuestión de las consultas populares o al principio del rigor subsidiario, con base en el cual el Tribunal avaló la consulta. Por lo tanto, este fallo no podía ser usado por la Corte como precedente en la decisión de nulidad.
Valga precisar que el principio del rigor subsidiario salvaguarda la autonomía de los municipios, o les permite ir más allá del Congreso, en temas ambientales. Si bien una cosa son los fundamentos de protección a los animales y otra los del ambiente, la jurisprudencia actual ha derivado el mandato de protección a los animales del deber constitucional de protección al ambiente. Por lo tanto, la facultad del Distrito Capital para ir más lejos que la Nación en este tema, haciendo uso de un mecanismo de participación ciudadana, quedaba más que avalada por el Tribunal.
El segundo error de la Corte fue malinterpretar la pregunta que se planteaba para la consulta. Según la ponencia que la ‘tumbó’, la decisión de los bogotanos habría podido conducir a una prohibición de las corridas de toros y novilladas, siendo esta una facultad exclusiva del legislador. Sin embargo, la pregunta buscaba, apenas, determinar si el arraigo cultural taurino era mayoritario en la ciudad. Su alcance habría sido solo el de influenciar las decisiones que tomara el Congreso u otorgar una pauta para las actuaciones de la administración en el ámbito local, en espera de la legislación nacional.
Para muchos es sabido que nunca compartí la pregunta que se planteó en la consulta (mi opción era, más bien, preguntarle a los bogotanos por el uso de la Santamaría para espectáculos crueles con animales). Empero, siempre defendí el camino de promover una consulta popular. Incluso, lo planteé como opción en 2012, recién llegado Gustavo Petro a la Alcaldía.
En cuanto a los ‘hechos notorios’, por decir lo menos, la Corte admitió la nulidad de una sentencia pese a ser este un recurso absolutamente excepcional, según ella misma. Segundo, el control que le hizo a la sentencia del Tribunal Administrativo que validó la consulta era supremamente limitado, teniendo en cuenta que, en este escenario, la Corte sólo anula sentencias cuando violan derechos. Ambos hechos, indicios de una Corte Taurina.
Ahora la Corte estudia una ponencia del magistrado Antonio Lizarazo que ‘tumbaría’ otra sentencia: la C-041 de 2017, que beneficia a los animales. Esta le dio al Congreso dos años para armonizar la legislación sobre corridas de toros a la jurisprudencia sobre protección animal, entendiendo que de no expedirse normatividad alguna en dicho plazo, entraría en vigencia la prohibición de esta y otras prácticas crueles con animales. Pero con el antecedente de la consulta, tememos que esta sea una segunda ‘tumbada’ de la Corte.
En una columna de 2014, el doctor César Rodríguez, director de Dejusticia, citó a Will Kymlicka, prestigioso filósofo canadiense, quien en una conversación con él afirmó que “los animales son los grandes huérfanos de la izquierda” (porque siempre lo han sido de la derecha). Ante el riesgo que advierto y los cambios amañados de la jurisprudencia sobre protección animal en nuestras Cortes, creo además que, en Colombia, los animales se están consolidando como los huérfanos de la justicia.